Tú haces Baza
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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO, EL DÍA VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DOS MIL ONCE, EN PRIMERA CONVOCATORIA A LAS VEINTIUNA HORAS.


Nº 20/11
SEÑORES ASISTENTES:
ALCALDE – PRESIDENTE:
D. PEDRO FERNÁNDEZ PEÑALVER
CONCEJALES P.S.O.E.:
Dª MARIA DOLORES CRUZ GALLARDO
D. JOSÉ LUIS CASTILLO FERNÁNDEZ
Dª MARIA DOLORES MARTINEZ MARTINEZ
D. MIGUEL ÁNGEL COCA VEGA
Dª ANA MARIA GUIRADO RAMÓN
D. ALFREDO ALLES LANDA
Dª YOLANDA FERNÁNDEZ MORENO
D. JESÚS MORENO RODA
Dª MARIA EUGENIA MORENO MARTINEZ
D. CARMELO LIMONCHI SIMÓN
CONCEJALES P.P.:
Dª MARIA JOSÉ MARTIN GÓMEZ
D. JUAN LUIS ALIAGA ALASCIO
D. MANUEL CLEMENTE DOMENE AZOR
D. DAVID LOPEZ PARRA
D. JUAN LUIS TORRES SANCHEZ
Dª MARIA DEL CARMEN AGUDO MOLINA
D. ANTONIO JOSÉ MANCEBO FUNES
CONCEJALES I.U.-L.V.:
D. JUAN RAMÓN GIL VAN GILS
CONCEJALES P.A
D. ANTONIO FRANCISCO MARTINEZ LOPEZ
EXCUSA SU NO ASISTENCIA :
Dª BELEN MARIA MESAS SANCHEZ
SECRETARIA GENERAL:
DOÑA MARIA LUISA CALVO MOYA
INTERVENTOR ACCIDENTAL;
D. MANUEL FRANCISCO SEGURA SEGURA


En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, de la muy Noble, muy Leal y Nombrada Ciudad de Baza, siendo las veintiuna horas del día veintidós de Diciembre de dos mil once , se reunieron las personas antes indicadas, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno de la Corporación.
Antes de proceder al debate de los puntos del Orden del Día, y a propuesta del Sr. Alcalde, la Corporación Municipal guarda un minuto de silencio, en memoria de las 59 víctimas de la violencia de género, así como de las 580 víctimas de los accidentes laborales del presente año, dos mil once.


PRIMERO.- PROYECTO DE ACTUACIÓN TRAMITADO A INSTANCIA DE D. FRANCISCO RECHE RECHE (EXPTE. 4/11)


Por la Secretaria General se da cuenta del expediente tramitado.
Resultando que D. FRANCISCO RECHE RECHE, presenta proyecto de actuación para explotación caprina y vivienda en Pago La Ribera, Polígono 25, Parcelas 25 y 26, en suelo no urbanizable.
El expediente ha sido sometido al trámite de información pública mediante anuncio publicado en el B.O.P. nº 64, del día 4 de Abril de 2004, sin que durante el plazo de exposición se hayan presentado alegaciones.
Dada lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda, Obras y Mantenimiento, en sesión celebrada el día 5 de Diciembre de 2011.
Considerando el informe desfavorable emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía en Granada, de fecha 9 de Noviembre de 2011, en el que se hace constar que, tras el estudio de la documentación presentada, y de acuerdo con lo establecido en la legislación y normativa urbanística vigente, se informa lo siguiente:
Se proyecta la construcción de una nave para cría de ganado caprino y una vivienda vinculada a la explotación ganadera.
La nave proyectada tiene una superficie de 192 m2, con capacidad para 20 cabras en régimen semi - intensivo. La nave se distribuye en zona de aprisco, zona de ordeño con equipos autocapturantes zona de refrigeración y batido periódico de leche, zona de vestuarios, baño y lazareto.
Dada la amplitud de la parcela, se pretende la siembra de forraje y alimentos para las cabras.
La vivienda tiene una superficie de 93,85 m2, desarrollada en una planta y distribuida en 3 dormitorios, baño cocina, despensa y estar comedor.
El proyecto se ubica en SNU de Carácter Natural o Rural, SNU14, Vega de Baza regulado en el art° 11.300.
En esta categoría de suelo se considera como actividad genérica la ganadería libre y uso susceptible de autorización, la vivienda vinculada a la explotación agraria.
Dado que el objeto del proyecto de actuación es nave para cría de ganado caprino, se entiende que no estaría permitido este uso en las parcelas por permitirse únicamente la ganadería libre, del mismo modo que tampoco lo estaría la vivienda, por no ligarse a explotación agraria, sino a caprina
El artículo 11.288.6 establece las condiciones particulares que debe cumplir la edificación.
Tanto en el caso de la nave como en el de la vivienda, se comprueba que el proyecto incumple lo relativo a la distancia mínima a otras edificaciones al superarse, los 500 m. y los 150 m. respectivamente.
Tampoco se cumple la ocupación, que se limita en un 2% de la superficie de la parcela, y se ha proyectado una ocupación del 3,42%.
Asimismo, en el art° 11 .289.4.j) se establecen los criterios que deben justificar la necesidad de implantación de la vivienda ligada a la explotación agropecuaria, debiendo cumplir como mínimo las siguientes condiciones:
- La distancia a cualquier núcleo de población será mayor de de 500 m.
- Que dicha vivienda es el lugar de residencia habitual de/titular de la actividad.
- Que la actividad principal del titular está ligada a la explotación de la parcela afectada.
Estas condiciones no se encuentran justificadas en el proyecto presentado.
No se presenta informe descriptivo sobre el desarrollo de la actividad agropecuaria de la finca.
No se presenta documentación acreditativa de la titularidad de la parcelas.
Considerando el informe técnico desfavorable emitido por la Sra. Arquitecta Municipal, de fecha 24 de Noviembre de 2011, en el que hace constar que, teniendo en cuenta la categoría de suelo en que se ubica, (SNUP-14) regulado en el artículo 11 .300 de la Normativa del PGOU, así como las condiciones de edificación reguladas en el artículo 11.288 las generales, y 11.289 las de la actividad agropecuaria, se observa que:
1. En el suelo SNUP-14, se considera como actividad genérica la ganadería en régimen libre y susceptible de autorización la vivienda vinculada a la explotación agraria; el proyecto propone ganadería en régimen estabulado y vivienda vinculada a la explotación ganadera.
2. No se cumplen las distancias a otras edificaciones, que son 500 metros para la nave y 150 m para la vivienda, al existir edificaciones a menos de 150 metros.
3. La ocupación de la parcela es como máximo del 2% de la superficie de la misma, y se ha proyectado una ocupación del 3’42% en total.
4. No está justificado que la actividad principal del titular esté ligada a la explotación de la parcela afectada, ni se presenta informe descriptivo de la actividad agropecuaria de la finca.
Considerando lo dispuesto en la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; y en el Plan General de Ordenación Urbanística de este Municipio.
Sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno, por unanimidad de los 21 miembros presentes, acuerda:
1. Denegar solicitud de D. FRANCISCO RECHE RECHE, de proyecto de actuación para explotación caprina y vivienda en Pago La Ribera, Polígono 25, Parcelas 25 y 26, en suelo no urbanizable, por los motivos expuestos en los informes desfavorables obrantes en el expediente, y citados en la parte expositiva de este acuerdo.
2. El presente acuerdo se publicará en el BOP, de conformidad con lo establecido en el art. 43 de la L.O.U.A.


SEGUNDO.- APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 5, REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.


Seguidamente, por la Secretaria General se da cuenta al Pleno, del expediente tramitado y pasa a dar lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Economía, Personal, Servicios Públicos, Salud y Consumo, en sesión celebrada el día 13 de Diciembre de 2011, por el que se propone la aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 5, Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.


Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra el portavoz del PA, D. Antonio Francisco Martínez López, quien dice que su grupo se abstuvo en la Comisión Informativa correspondiente por dos motivos.
El primero era porque hace poco se acabamos de tener una aprobación de las ordenanzas y tasas, y pensamos que ese era el momento de llevar a cabo este tema, y no ahora, a posteriori.
En segundo lugar, desde el comienzo de la Legislatura, con respecto a la Plaza de Abastos y del comercio del Centro Histórico, venimos reclamando actuaciones, y el equipo de gobierno, en Comisiones Informativas, nos esta dando largas diciendo que lo están haciendo o que están en ello.
Justo un día después de que el PA presente una serie de medidas, aparece el equipo de gobierno con otras, algunas de ellas parecidas, y otras mas allá.
No obstante, vamos a cambiar el sentido de nuestro voto, y vamos a votar a favor.


Considerando lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria; R.D. Leg. 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno, por unanimidad de los 21 miembros asistentes, acuerda:
1. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 5, Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
2. Someter el expediente al trámite de información pública mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la Provincia, por plazo de 30 días hábiles, dentro de los cuáles los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.
3. En el caso de que, en el plazo indicado anteriormente, no se hubiesen presentado reclamaciones se entenderá elevado el acuerdo a definitivo sin necesidad de nuevo acuerdo.


TERCERO.- APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 20, REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MERCADOS DE ABASTOS Y LONJA MUNICIPAL.


A continuación, por la Secretaria General se da cuenta al Pleno, del expediente tramitado y pasa a dar lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Economía, Personal, Servicios Públicos, Salud y Consumo, en sesión celebrada el día 13 de Diciembre de 2011, por el que se propone la aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 20, Reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Mercados de Abastos y Lonja Municipal.


Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra el portavoz del PA, D. Antonio Francisco Martínez López, quien dice que la argumentación del punto anterior del Orden del Día, vale para este punto, y por tanto cambia su abstención por el voto afirmativo.


Considerando lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria; R.D. Leg. 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno, por unanimidad de los 21 miembros asistentes, acuerda:
1. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 20, Reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Mercados de Abastos y Lonja Municipal.
2. Someter el expediente al trámite de información pública mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la Provincia, por plazo de 30 días hábiles, dentro de los cuáles los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.
3. En el caso de que, en el plazo indicado anteriormente, no se hubiesen presentado reclamaciones se entenderá elevado el acuerdo a definitivo sin necesidad de nuevo acuerdo.


CUARTO.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 13, REGULADORA DE LA TASA POR LA OCUPACIÓN MEDIANTE CUALQUIER INSTALACIÓN, ENSERES O MEDIOS AFINES EN LA VÍA PÚBLICA O EN TERRENOS DE TITULARIDAD PUBLICA.


Por la Secretaria General se da cuenta al Pleno del expediente tramitado.
Resultando que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de Octubre de 2011, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Ocupación mediante cualquier instalación, enseres o medios afines en la Vía Pública o en Terrenos de Titularidad Pública.
Resultando que dicha aprobación fue publicada en el B.O.P. nº 216, de 14 de Noviembre de 2011, y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento de Baza, sometiéndose al trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo de 30 días, y que durante el período de exposición pública por parte del Sr. Concejal Delegado de Economía de este Ayuntamiento se propone una modificación dado que, por error se pusieron unos precios en la citada Ordenanza que no eran, por lo que propone se que modifique en el siguiente sentido:
Art. 3, Concepto J, que quedaría de la siguiente forma:
- Por m2, de Barras de Pinchos Centrales, 3,25 €
- Por m2, de Barras de Pinchos Laterales, 2,25 €
Dada lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Economía, Personal, Servicios Públicos, Salud y Consumo, en sesión celebrada el día 13 de Diciembre de 2011.


Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra el portavoz del PA, D. Antonio Francisco Martínez López, quien dice que, a pesar de esas rectificaciones o modificaciones, para su grupo la Ordenanza no deja de ser mala, negativa, y por tanto la va a votar en contra.


Sometido el asunto a votación ordinaria, se obtienen 11 votos a favor, del PSOE, 9 en contra, del PP y PA, y 1 abstención, de IU-LV, por lo que el Pleno, por mayoría, acuerda:
1. Aprobar definitivamente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Ocupación mediante cualquier instalación, enseres o medios afines en la Vía Pública o en Terrenos de Titularidad Pública, recogiendo las modificaciones propuestas por el Sr. Concejal Delegado de Economía de este Ayuntamiento.
2. Publicar el anuncio de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.


QUINTO.- PROPOSICIÓN: APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 3, REGULADORA DEL TIPO DE GRAVAMEN DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.


Al tratarse de un asunto que no se encontraba dictaminado en el día en que se convocó la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82.3 del R.O.F.R.J.E.L., el Sr. Alcalde pregunta a los asistentes si tienen que realizar alguna observación para la inclusión del asunto en el Orden del Día.
Seguidamente, se somete a votación ordinaria la inclusión del asunto en el Orden del Día de la sesión, obteniéndose 21 votos a favor, de todos los miembros asistentes, por lo que el Pleno, por unanimidad, acuerda ratificar la inclusión de dicho asunto.
A continuación, por la Secretaria General se da cuenta al Pleno del expediente tramitado.
Resultando que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de Octubre de 2011, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza Fiscal Reguladora del tipo de gravamen del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Resultando que dicha aprobación fue publicada en el B.O.P. nº 216, de 14 de Noviembre de 2011, y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento de Baza, sometiéndose al trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo de 30 días, y que durante el período de exposición pública, se han detectado algunos errores materiales, por lo que se propone una rectificación de los mismos.
Dada lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Economía, Personal, Servicios Públicos, Salud y Consumo, en sesión celebrada el día 13 de Diciembre de 2011.
Sometido el asunto a votación ordinaria, se obtienen 13 votos a favor, del PSOE, IU-LV y PA, y 8 en contra, del PP, por lo que el Pleno, por mayoría, acuerda:
1. Aprobar definitivamente la Ordenanza Fiscal Reguladora del tipo de gravamen del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, recogiendo la rectificación de los errores materiales observados.
2. Publicar el anuncio de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.


SEXTO.- PROPOSICIÓN: AMPLIACIÓN DEL ACUERDO TERCERO DE LOS ADOPTADOS POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2011, SOBRE MODIFICACIÓN DEL BAREMO DE AYUDA A DOMICILIO.


Al tratarse de un asunto que no se encontraba dictaminado en el día en que se convocó la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82.3 del R.O.F.R.J.E.L., el Sr. Alcalde pregunta a los asistentes si tienen que realizar alguna observación para la inclusión del asunto en el Orden del Día.
Seguidamente, se somete a votación ordinaria la inclusión del asunto en el Orden del Día de la sesión, obteniéndose 21 votos a favor, de todos los miembros asistentes, por lo que el Pleno, por unanimidad, acuerda ratificar la inclusión de dicho asunto.
A continuación, la Secretaria General de cuenta al Pleno del expediente tramitado.
Resultando que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de Octubre de 2011, acordó, en el acuerdo Tercero del Orden del Día, aprobar cambios en el baremo aplicable para el acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio a través del Centro de Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Baza, en la forma en que a continuación se detallan:
Que la puntuación mínima requerida para acceder al Servicio sea 52 puntos.
La aportación económica se realizará conforme a la siguiente tabla:

CAPACIDAD ECONÓMICA FAMILIAR (ingresos menos gastos derivados de la vivienda, alquileres o hipotecas)       % APORTACIÓN

< 1 IPREM: 532.51 euros                                                                                                                                     0%
Desde 532.52 hasta 780 euros                                                                                                                             15%
Desde 781 hasta 1065 euros (2 Iprem)                                                                                                                 30%
Desde 1066 hasta 1332                                                                                                                                       50%
Desde 1333 hasta 1597 (3 Iprem)                                                                                                                        75%
Desde 1598 en adelante                                                                                                                                      100%”.


Resultando que por parte de la Sra. Concejala Delegada de Bienestar Social del Excmo. Ayuntamiento de Baza, se propone, en relación al citado acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, de fecha 27 de Octubre de 2011, que se aplique dicha modificación con carácter retroactivo, con el fin de evitar así desigualdades entre las personas que venían disfrutando del servicio y las que lo harán a partir de ahora; y que es necesario igualar las condiciones de acceso y participación económica, así como efectuar las necesarias revisiones de casos que han podido mejorar o empeorar con el tiempo y que requieren diferente atención, es por ello que la aplicación del nuevo baremo incluso a casos antiguos, garantizará poder realizar los convenientes ajustes para adaptar el servicio a las actuales condiciones de los usuarios.
Dada lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Bienestar Social, Igualdad y Mujer, en sesión celebrada el día 20 de Diciembre de 2011.
Sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno, por unanimidad de los 21 miembros asistentes, acuerda:
“Aprobar con carácter retroactivo la aplicación de la modificación del Baremo del Servicio de Ayuda a Domicilio, aprobada por este Pleno el día 27 de Octubre de 2011.”


SÉPTIMO.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DICTADOS POR LA ALCALDÍA, COMPRENDIDOS ENTRE LOS NÚMEROS 1130, DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2011, A 1203, DE 15 DE DICIEMBRE DE 2011, TODOS ELLOS INCLUSIVE.


Seguidamente y en aplicación del artículo 42 del R.O.F.R.J.E.L., se da cuenta al Pleno de los decretos dictados por la Alcaldía desde la última sesión ordinaria celebrada, siendo los comprendidos entre los números 1.130, de 21 de Noviembre de 2011, al 1.203, de 15 de Diciembre de 2011, ambos inclusive.
Quedando los asistentes enterados.


OCTAVO.- ASUNTOS DE URGENCIA.


PREVIA DECLARACIÓN DE URGENCIA ACORDADA POR UNANIMIDAD DE LOS VEINTIÚN MIEMBROS ASISTENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 91.4 DEL R.O.F.R.J.E.L. SE ADOPTAN LOS SIGUIENTES ACUERDOS:


A.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS A FAVOR DE PROVEEDORES.


A continuación, la Secretaria General da cuenta del expediente tramitado de reconocimiento extrajudicial de créditos a favor de proveedores

Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra el portavoz de IU-LV, D. Juan Ramón Gil Van Gils, quien dice que su grupo va a votar favorablemente, dado que no hacerlo y reconocer la obligación, conllevaría que el Ayuntamiento tuviera que devolver esa cantidad, y por tanto no se podrían ejecutar gastos sin ningún beneficio para el Municipios.
De otro lado, tengo que decir que es preocupante que se reciba un ingreso de 600.000 €, y aunque hay criterios de caja única y demás, el dinero no deja de ser finalista, y lo que no podemos hacer es que recibamos un dinero, nos lo gastemos en otra cosa, y a final de año nos encontremos con que tenemos que hacer hueco a un dinero que nos hemos gastado y buscar de donde sacarlo, porque eso es realmente preocupante.
Con ello no estoy diciendo que nuestro voto es negativo, porque como ya he dicho, vamos a votar a favor, pero desde IU creemos que debemos de trabajar de otra manera, puesto que al igual que estamos de acuerdo con que un Concejal no aprobara gastos donde no había consignación presupuestaria, como ya vimos en el Pleno anterior, porque a ese Concejal le parecía bien, ahora tampoco comprendemos que un dinero nos lo gastemos en lo que no es y que ahora tengamos que estar haciendo encaje de bolillos para encontrar esa cantidad con partidas de menos importes; por lo que pienso que nos lo deberíamos haber gastado antes, máxime cuando es un edificio que está ahí.
Cuando hablamos de unificar la Alcazaba, no solamente hablamos de la Alcazaba físicamente, porque ese edificio allí es el acceso a la alcazaba, y que tiene que ser puesto en valor, y volvemos a lo de siempre, que no terminamos de hacer las cosas bien.
Yo no quiero echar mas leña al fuego, y lo único que pido, como ya hemos visto en Plenos anteriores, es que hagamos las cosas mejor y como tienen que ser, y no dejar las cosas pasar, porque lo que estamos viendo en este tema, es que se trata de un convenio de 2008, y no de dos días.
En el Pleno anterior se hablaba de auditorias y demás, pero es que este equipo de gobierno se empeña en defender la gestión del anterior equipo de gobierno, pero
todos tenemos que ver lo que estamos recogiendo, porque esa gestión esta dejando unos grandes problemas.
Creo que el Sr. Interventor Acctal., y el Sr. Presidente del Area de Economía, tendrán que ver como encajamos todo para el año que viene, puesto que los ingresos son los que son, y que no hay más dinero, porque de los 14 millones que se ingresan, tenemos casi invertidos 7 en Personal, 1 en deuda a largo plazo, casi 2 en el Servicio de Limpieza, y casi 4 en la Ley de Dependencia, y por lo tanto, ¿que nos puede quedar de Presupuesto?, ¿100.000 euros?, porque en cuanto a ingresos reales del Ayuntamiento, en torno a 14 o 15 millones de euros, nos queda muy poco de juego; con lo cual no se como lo vamos a hacer el año que viene, aunque insisto, vamos a votar a favor, dado que no vamos a devolver 600.000 € que pueden invertirse.
Creo que seria bueno que el Presidente del Area nos explicara cómo lo vamos a hacer, o bien que nos sentáramos todos y entre todos pensáramos en como lo vamos a hacer, porque empieza a ser realmente complicado.


A continuación interviene D. Manuel Clemente Domene Azor, Concejal del PP, quien pregunta al Sr. Interventor Acctal. sobre la aplicación del ingreso de los 600.000 €, a lo que éste responde que, precisamente no se le dio aplicación alguna, es decir, que en gastos no se consignó la correspondiente obligación, y que con independencia de lo que ha manifestado el portavoz de IU-LV, ahora mismo da igual que se haga la obra, como que no se haga, y que lo que está buscando es crédito suficiente.
Es decir, que si se hace la obra, ese dinero es para pagar la misma, o bien, si hay que devolver el dinero, pues para devolverlo, dado que no tiene aplicación presupuestaria en gastos que cubra la devolución o la construcción.
Ante tal circunstancia, el Sr. Domene Azor manifiesta que su grupo, el PP, se va a abstener.


Vuelve a intervenir el Sr. Interventor Acctal. para manifestar que, como siempre, cualquier miembro de la Corporación tiene en Intervención cualquier expediente a su disposición, para cualquier consulta, así como para darle él mismo las explicaciones pertinentes.

Toma la palabra el Sr. Concejal Delegado de Economía, D. Alfredo Alles Landa, quien dice que, lo que se está intentado hacer en este punto, como ha manifestado el Sr. Interventor Acctal., es el reconocimiento de la obligación, y que lo que el equipo de gobierno tiene en mente ahora mismo, no es la devolución del dinero, sino hacer la obra, máxime cuando también había una partida a través de los Fondos Feder para completar el elevado coste de esa obra.
Los cálculos que hemos realizado, nos dicen que, con suerte, con esa subvención de la Consejería, y con la de los Fondos Feder, lo que el Ayuntamiento debe aportar a esa obra es cero euros, dado que dicha obra, dentro de esos Fondos Feder, si no está a la cabecera de las obras a realizar, va a ser de las primeras.
Yo ya conocía el problema, y hemos esperado a final de año para cuadrar las partidas, dado que algunas se habían agotado, y en otras ha habido un incremento de ingresos, y por lo tanto lo que hemos intentando hacer es generar ese dinero para reconocer esa obligación, por lo que pienso que eso se ha hecho correctamente.
Considerando el informe emitido por Intervención, obrante en el expediente, de fecha 20 de Diciembre de 2011, de conformidad con lo establecido en el art. 3 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de Septiembre, por el que se aprueba el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional.
Considerando lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de Abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, R.D. Leg. 781/1986, por el que se aprueba el Texto Refundido d las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; R.D. Leg. 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; R.D. 500/1990, de 20 de Abril, Reglamento Presupuestario; R.D. 2568/1986, de 28 de Noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y Bases de Ejecución del Presupuesto.

Sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno, se obtienen 11 votos a favor, del PSOE, 8 en contra, del PP, y 2 abstenciones, de IU-LV y PA, por lo que el Pleno, mayoría, acuerda:
“El reconocimiento extrajudicial de créditos a favor de los proveedores que, a continuación, se relacionan y por los importes que se indican:
PROVEEDOR
IMPORTE
1
Centro de Bienestar Social
600.000,00 €
Total
600.000 €.”.


B.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 28, REGULADORA DE LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO EN VÍAS PUBLICAS EN ZONA DE PERMANENCIA LIMITADA Y CONTROLADA.


A continuación, por la Secretaria General se da cuenta al Pleno del expediente tramitado.
Resultando que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de Octubre de 2011, acordó aprobar inicialmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 28, Reguladora de la Tasa por el Estacionamiento en Vías Públicas en Zona de Permanencia Limitada y Controlada.
Resultando que dicha aprobación fue publicada en el B.O.P. nº 216, de 14 de Noviembre de 2011, y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento de Baza, sometiéndose al trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo de 30 días, y que durante el período de exposición pública, se han detectado algunos errores materiales, por lo que se propone una rectificación de los mismos.

En el turno de intervenciones, el portavoz del PA, D. Antonio Francisco Martínez López, manifiesta que, va a mantener el voto en contra que ya realizó en la aprobación inicial, tanto de este Ordenanza Fiscal nº 28, como en la nº 24, que se va a debatir en el próximo punto del Orden del Día.

Seguidamente toma la palabra la portavoz del PP, Dª Mª José Martín Gómez, quien manifiesta que tiene una duda, y es que se ha planteado como error en la publicación, cuando cree que lo que realmente se votó en el Pleno fueron los cuatro euros y pico, por lo que entiende que es una modificación de la ordenanza.
En este momento interviene la Sra. Secretaria General, quien dice que a ella el asunto se lo han planteado como rectificación, aunque en el caso de que efectivamente se votara como 4,50, el acuerdo pondría aprobación definitiva, puesto que, a partir de las propias alegaciones que se presentan, se aprueba definitivamente, con independencia de que se ponga lo del 4,50 o el 3, y el tema de la bonificación.

Toma la palabra el Sr. Concejal Delegado de Economía, quien dice que, en el caso de la Ordenanza de la ORA, sí que está claro que es una modificación, ya que se está dando el paso de 4,50 a 3 euros, aparte de que se añade el tema de los bonos para personas con discapacidad.
De otro lado, y en el caso de la Ordenanza de los Edificio, está claro que es un error, puesto que realmente la hora era 15 euros y, no es de recibo que el mediodía sean 150 y el día completo 250, es decir, los números no cuadran para nada, y además se ve en otros cuadros.
Por tanto, entiendo que la Ordenanza nº 28 sí que es una modificación, mientras que la Ordenanza nº 24 es una rectificación.

Vuelve a intervenir la Sra. Secretaria General y manifiesta que, en cualquier caso, sea modificación, o sea rectificación se trata de una aprobación definitiva.
Sometido el asunto a votación ordinaria, se obtienen 11 votos a favor, del PSOE, y 10 en contra, del PP, IU-LV y PA, por lo que el Pleno, por mayoría, acuerda:
1. Aprobar definitivamente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Estacionamiento en Vías Públicas en Zona de Permanencia Limitada y Controlada.
2. Publicar el anuncio de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.


C.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 24, REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN Y/O EXPLOTACIÓN PRIVADA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES DE TITULARIDAD PUBLICA.


A continuación, por la Secretaria General se da cuenta al Pleno del expediente tramitado.
Resultando que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de Octubre de 2011, acordó aprobar inicialmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 24, Reguladora de la Tasa por la utilización y/o explotación de Edificios e Instalaciones de Titularidad Pública.
Resultando que dicha aprobación fue publicada en el B.O.P. nº 216, de 14 de Noviembre de 2011, y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento de Baza, sometiéndose al trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo de 30 días, y que durante el período de exposición pública, se han detectado algunos errores materiales, por lo que se propone una rectificación de los mismos.
Sometido el asunto a votación ordinaria, se obtienen 11 votos a favor, del PSOE, y 10 en contra, del PP, IU-LV y PA, por lo que el Pleno, por mayoría, acuerda:
1. Aprobar definitivamente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la utilización y/o explotación de Edificios e Instalaciones de Titularidad Pública.
2. Publicar el anuncio de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

NOVENO.- RUEGOS, PREGUNTAS Y MOCIONES DE CONTROL DE ÓRGANOS MUNICIPALES DISTINTOS DEL PLENO.


A.- RUEGOS Y PREGUNTAS QUE SE REALIZAN EN ESTA SESION

1. Felicitación nº 1 que realiza en portavoz del PA, D. Antonio Francisco Martínez López.
El Sr. Concejal felicita la Navidad a todos los miembros de la Corporación, así como les desea un feliz año nuevo.

2. Pregunta nº 2 que realiza en portavoz del PA, D. Antonio Francisco Martínez López.
El Sr. Concejal manifiesta que desea llamar la atención del Sr. Alcalde, de la Sra. Cruz Gallardo, así como del resto de miembros del equipo de gobierno, al igual que de los miembros del PSOE presentes en la sala, y es que, en estos días, así como en este Pleno, se ha mencionado mucho por parte del equipo de gobierno que la política no es para cuestionar intereses personales.
Esta noche el Sr. Alcalde ha manifestado que en la política se hacen alusiones personales para difamar, y es curioso que el equipo de gobierno y el PSOE se despachan en una nota de prensa en la que acusan al Concejal del PA de defender intereses personales en el asunto de las trabajadoras del Plan Integral.
Pero lejos de hacer esta afirmación, hacen referencia a una especia de criticas vertidas por mi y que son llamativas al ser una de las trabajadoras mi compañera, por lo que creo Sr. Alcalde que aquí hay cuestiones personales; y para colmo firma la noticia José Utrera, una persona que, según la Policía Nacional me amenazó a mi y a mi familia por anónimos, etc.; y si usted no ve aquí una cuestión personal para difamar y poner en entredicho una labor que no deja de ser de un portavoz municipal que pedía aclaración sobre un despido, y que ahí esta la trabajadora, que ha llegado su caso a la Magistratura de Trabajo, porque alguna razón tendrá.
Por lo tanto Sr. Alcalde, todo eso que ha dicho de que se pone a una persona sobre la palestra y en la picota, creo que se cae por su propio peso, y de ninguna manera he tratado de defender unos intereses personales, si no que entiendo que ese tema no debería de haber sido así, y ante todo lo que ha pasado, le voy a hacer una pregunta.
Sr. Alcalde, ¿hay algún tipo de interés personal por ser una de estas trabajadoras mi mujer?, ¿hay algún tipo de interés el echo de que ahora esté en la calle?
Yo el único interés que puedo tener es que cada noche me acuesto con una persona embarazada de ocho meses, y con los llantos y los malos tragos que tiene por la
situación que está viviendo; pero más allá de eso, no tengo ningún otro tipo de interés, porque ya me dirá que beneficio puede sacar este Concejal con ello.

3. Intervención nº 3 que realiza en portavoz del PA, D. Antonio Francisco Martínez López.
El Sr. Concejal dice que en relación con la felicitación que ha enviado el Ayuntamiento y que dice “Buscando el bien de nuestros semejantes, encontramos el nuestro”, y como cree que a él, el equipo de gobierno no le tienen estima, manifiesta que esa felicitación no es para él, por lo que sintiéndolo mucho, no se da por felicitado.
Ante tal circunstancia, el Sr. Alcalde le dice al Sr. Martínez López que, por lo menos podía haber devuelto la felicitación y no haberla roto, dado que eso significa también un destrozo de la riqueza del Ayuntamiento, puesto que eso está pagado con dinero público.

4. Ruego nº 4 que realiza D. Antonio José Mancebo Funes, Concejal del PP.
El Sr. Concejal ruega que las Ordenanzas se actualicen en la página web del Ayuntamiento.

5. Ruego nº 5 que realiza D. Antonio José Mancebo Funes, Concejal del PP.
El Sr. Concejal, en relación con la Ordenanza sobre remolques y tractores agrícolas, ruega se analice si existen exenciones, dado que parece ser que existe legislación al respecto sobre exenciones a remolques agrícolas.

6. Pregunta nº 6 que realiza D. Antonio José Mancebo Funes, Concejal del PP.
El Sr. Concejal pregunta sobre cuando se va a disponer de las máquinas expendedoras de tickets que faltan en la zona de la ORA, dado que algunas están bastantes alejadas y la zona es bastante amplia.

7. Felicitación nº 7 que realiza D. Antonio José Mancebo Funes, Concejal del PP.
El Sr. Concejal desea a todos los miembros de la Corporación una Feliz Navidad.

B.- CONTESTACIÓN A RUEGOS Y PREGUNTAS QUE SE HAN REALIZADO EN ESTA SESION

1. Contestación a la Felicitación nº 1, Pregunta nº 2 y a la Intervención nº 3, realizadas, todas ellas, por D. Antonio Francisco Martínez López, portavoz del PA.
Contesta el Sr. Alcalde y dice al portavoz del PA que, felicitar y luego romper una felicitación le parece incoherente, porque siempre le ha tenido por una persona coherente, aunque no con un acto así.
Mas bien parece que ha hecho usted una obra de teatro, y creo que ahora no procede; y si alguien está haciendo del tema algo personal, creo que es usted, porque desde el equipo de gobierno no se está haciendo nada personal.
Si alguien ha acusado públicamente al Alcalde o al equipo de gobierno de aplicar criterios de discriminación porque una persona está embarazada, y por lo tanto poniendo sobre la mesa únicamente tema personales, aun sabiendo que son falsos, ha sido usted y no nosotros.
Si alguien conoce la realidad de la situación concreta de la trabajadora, es precisamente usted, que para eso es su pareja sentimental, y mejor que nadie sabe cual es su situación laboral, cual era en aquel momento y la razón para que no se llevara a cabo; y también sabe usted como el año pasado, cuando hubo una reducción drástica también muy importante, que por una actuación directa del Alcalde se hizo posible que no se redujera.
Usted al fin y al cabo es el político, es el responsable del PA en este Ayuntamiento, y hay una trabajadora con nombres y apellidos que tiene un parentesco y una afinidad con usted, y eso es así, y por lo tanto entiendo que son dos personas afectadas por una situación.
No me lo compare usted con una difamación, con unas acusaciones hacia personas con nombres y apellidos, y otras ajenas totalmente a ningún tipo de relación con el Ayuntamiento, como se ha producido con el caso con el que usted quiere comparar, porque ambas situaciones no tienen nada que ver.
Usted esta haciendo demagogia aprovechando una situación personal, aludiendo, despachando, difundiendo de nosotros sobre una medida persecutoria contra una persona embarazada, y lanzando acusaciones que sabe usted que son falsas, y usted aprovecha el hecho de que es su pareja sentimental, y le voy a decir claramente que a usted le gusta hacer teatro y que aprovecha la demagogia dura y pura, y se lo digo así de claro, y lo que no puede pretender usted es que nosotros rectifiquemos en atención personal hacia usted, máxime cuando sabe que ya van mas de 10.000 personas que han tenido que dejar los Ayuntamientos Andaluces por esa regulación de empleo que se está produciendo.
Sabe usted perfectamente que nuestras arcas municipales han sufrido una importante reducción de los ingresos, y nosotros lo que hemos hecho han sido hechos objetivos, lamentables pero objetivos, y eso que le recuerdo que usted el primer y el segundo día nos acusó, y el tercer día difundió de que esa mujer estaba embarazada.
Por lo tanto, le voy a pedir que sea responsable, porque un día dice una cosa, y otro dice otra, porque también le recuerdo que un día dijo que se iba a caer la Casa de la Juventud y es falso; insisto, sea responsable y no me trasgiverse usted, porque la conciencia la tengo tranquila, aunque no estoy tranquilo por el hecho de que varias trabajadoras, entre las que se encuentra Mª José, han tenido que dejar de trabajar en este Ayuntamiento y para el Ayuntamiento, por el lamentable hecho de que no las puede mantener esta casa.
Sr. Martínez López, es muy fácil decir blanco o negro cuando no se tienen responsabilidades de gobierno.

2. Contestación al Ruego nº 4, realizado por D. Antonio José Mancebo Azor, Concejal del PP.
Contesta el Sr. Concejal Delegado de Economía, D. Alfredo Alles Landa, y dice que hasta el día 1 de Enero no entran en vigor las Ordenanzas, y que durante el mes de Enero se va a actualizar la pagina web del Ayuntamiento y se publicaran esas actualizaciones de las Ordenanzas, pero no solamente de las que solo se actualizan, sino de todas en general.

3. Contestación al Ruego nº 5, realizado por D. Antonio José Mancebo Azor, Concejal del PP.
Contesta el Sr. Concejal Delegado de Economía, D. Alfredo Alles Landa, y dice que mañana mismo se pone a ver ese tema, y que si hay una legislación especifica que dice que los remolques agrícolas están exentos, el Ayuntamiento de Baza aplicara esa exención.

4. Contestación al Ruego nº 6, realizado por D. Antonio José Mancebo Azor, Concejal del PP.
Contesta el Sr. Concejal Delegado de Tráfico, D. Jesús Moreno Roda, quien dice que se tiene planificada la compra de 10 parquímetros usados, de segunda mano, si es que pueden ser, puesto que los nuevos son bastante caros, con el fin de poder complementar los ya existentes en la zona de la ORA, dado que se ha consultado con dos empresas, y solo se esta a la espera de ver las ofertas para ver cual es la mas económica.

Finalmente, se abre el turno, al objeto de que el público asistente pueda intervenir realizando ruegos y preguntas sobre temas de interés municipal;
realizándose preguntas por parte de algunas persona del público presente en el Salón de Plenos.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las veintiuna horas y cuarenta y cinc minutos del indicado día, por el Señor Presidente, se levanta la sesión, todo lo cual, yo, la Secretaria General, doy fe.

EL ALCALDE,                                                                                                                        LA SECRETARIA GENERAL,
Fdo.: PEDRO FERNÁNDEZ PEÑALVER.                                                                                     Fdo.: Mª LUISA CALVO MOYA.


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